fbpx
Bufete de abogados  en Alicante
AUTOR
Alberto Cañizares
FECHA
27 de enero de 2015
hello world!

Denuncia por impago de alimentos.

Cuando nos encontramos ante un caso de impago de la pensión de alimentos, para poder reclamar dicho impago, podemos optar por dos alternativas; la vía civil, que consiste en la ejecución de la sentencia que acuerda la mencionada pensión o la vía penal, mediante la denuncia por impago de alimentos.

En el segundo de los casos, esto es, en caso de la interposición de la denuncia por impago de alimentos contra el deudor, deberemos acudir al Juzgado, a la policía o a la Guardia Civil para dicha interposición.

Para poder interponer la mencionada denuncia, es necesario que exista un impago de dos pensiones de alimentos consecutivas o cuatro en caso de que no sean consecutivas.

La denuncia por impago de alimentos, provocará la apertura de un procedimiento penal y si en el citado procedimiento se demuestra que el deudor no ha abonado la pensión de alimentos a pesar de tener medios para ello, se considerará que dicho acto es constitutivo de delito, el cual puede ser castigado con pena de multa o hasta 1 año de prisión, además del abono de las cantidades correspondientes a las pensiones que adeuda.

El procedimiento penal, presenta una serie de desventajas con relación al procedimiento civil, tales como que resulta un procedimiento más lento y debe demostrarse que el impago es voluntario para que se produzca una condena, mientras que el procedimiento civil, resulta más ágil y rápido por cuanto se centra en la recuperación de las cantidades debidas, independientemente del reproche penal.

 A pesar de que ambas vías pueden ejercitarse de forma simultánea, recomendamos acudir sólo a la vía penal, es decir, interponer la denuncia por impago de alimentos, en casos en que el deudor no posea bienes que puedan embargarse, pese a que en realidad, sí disponga de medios suficientes y siempre cómo última opción.

Dpto. Derecho de Familia.

Cañizares Abogados.

También te puede interesar
Pensión Compensatoria [GUÍA ACTUALIZADA 2022]

14 de abril de 2022

Entre los muchos aspectos a valorar en e...
Qué hacer si das positivo en un control de alcoholemia

8 de julio de 2018

Son muchas las preguntas que surgen cuando damos p...
Denuncia por impago de alimentos.

27 de enero de 2015

Cuando nos encontramos ante un caso de impago de l...
1 2 3 6
Contáctanos

    NOMBRE
    TELÉFONO
    E-MAIL
    MENSAJE
    ¿Necesitas un Abogado en Alicante? Nosotros le llamamos




      LLÁMANOS
      Solicita una consulta gratuita
      CONTÁCTANOS
      LLÁMANOS 966 08 64 52
      Te daremos un presupuesto en Menos de 24 horas.
      Avenida Aguilera, 38 Alicante 03006, España
      © 2024 Cañizares Abogados. Todos los derechos reservados. | AVISO LEGAL | POLÍTICA DE PRIVACIDAD
      COOKIES
      phone-handsetmenuchevron-down